10:49 pm

Ruido en el Ambiente Laboral

La Resolución 295/2003 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social establece los límites permisibles a los que pueden estar expuestos los trabajadores durante la jornada laboral.

El ruido, ya sea continuo o de impulso, es uno de los contaminantes ocupacionales más comunes por lo que resulta necesario su monitoreo para evitar que los valores se encuentren por encima de los límites permisibles, dado que estar expuesto produce afecciones en la salud humana, además de problemas de hipoacusia, pudiendo afectar el sistema cardiovascular, produciendo alteraciones en el ritmo cardíaco e hipertensión arterial, el aparato digestivo, problemas en las glándulas endócrinas por exceso de producción de adrenalina y otras afecciones como estrés, tendencias a actitudes agresivas, aumento de alteraciones mentales o déficit de rendimiento.

La normativa aplicable para el Estudio de Ruido Laboral, vigente al día de la fecha en todo el territorio de la República Argentina es la siguiente:

  • Decreto 351/79, Cap. 13 Art. 85 y 86
  • Res. 295/03, Anexo V
  • Resolución SRT 85/12

PEDINOS UNA COTIZACIÓN



    Open chat
    Hola... mandanos un whatsapp y en breve te contestaremos...